29/1/09

AMPLIACiÓN DEL PERMISO DE PATERNIDAD

Estimados compañeros, estimadas compañeras:

Para vuestro conocimiento, a continuación os detallamos las modificaciones que se
han introducido en la normativa general con respecto al Permiso de Paternidad.

En función de lo previsto en la Ley Orgánica 312007 para la Igualdad Efectiva entre
Mujeres y Hombres y de conformidad con lo aprobado en la Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2009.

A partir del 1 de enero de 2009 la suspensión del contrato de trabajo por paternidad tendria una duración de veinte dias, cuando el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento se produzca en una familia numerosa, cuando la familia adquiera dicha condición con el nuevo nacimiento.

Adopción o acogimiento o cuando en la familia exista una persona con discapacidad.
La duracio6n indicada se ampliará en el supuesto de parto, adopción o acogimiento
multiple, en dos dias más por cada hijo a partir del segundo, o si uno de ellos es una
persona con discapacidad.